La temperatura en los edificios y locales de uso público, como administraciones, bares, tiendas, estaciones o cines, no podrá superar los 21 grados en invierno ni bajar de 26 grados en verano, según el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros para fomentar el ahorro de energía.La normativa establece además que los edificios y locales con acceso desde la calle deberán disponer de un sistema de cierre de puertas que impidan que éstas permanezcan abiertas permanentemente. La temperatura del aire en los recintos calefactados no podrá ser superior a 21 grados centígrados, mientras que en l…
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...por Redacción
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